El 28 de junio de 2007, el santo Padre Benedicto XVI anunció la convocatoria de un “Año Santo Paulino” que se prolongará, Dios mediante, desde las primeras Vísperas de la próxima solemnidad de San Pedro y San Pablo, 28 de junio de 2008, hasta el 29 de junio de 2009, con ocasión de la conmemoración de 2000 años del nacimiento de San Pablo que los historiadores datan entre los años 7 al 10 d. C.
Este “Año Santo Paulino” se celebrará de modo significativo en Roma, en torno a la Basílica de San Pablo, donde han sido realizadas recientemente excavaciones en su tumba situada bajo el “altar de la confesión”. Los peregrinos que desde nuestra archidiócesis acudirán a Roma podrán recibir allí la indulgencia plenaria conforme a las condiciones establecidas por la Iglesia. Otros peregrinos, durante este año, querrán dirigirse a Damasco y Jerusalén, o a Turquía y Grecia para recorrer los lugares de los viajes apostólicos en la evangelización de los gentiles y en la plantación de nuevas iglesias que realizó el “apóstol de las gentes”, quien escribe en su carta a los Romanos: “Pero ahora, no teniendo campo de acción en estas regiones, y deseando desde hace muchos años ir donde vosotros, cuando me dirija a España… Pues espero veros al pasar, y ser encaminado por vosotros hacia allá, después de haber disfrutado un poco de vuestra compañía” (Rom 15, 23-24). España, pues, entró en el horizonte de su afán apostólico.
El “Año Santo Paulino” también podrá celebrarse en las iglesias locales en la forma establecida por el decreto de la Penitenciaría Apostólica del pasado 10 de mayo, con el fin de que los fieles puedan lucrarse de la indulgencia plenaria. En la Iglesia en Madrid los fieles podrán beneficiarse de esta gracia los días siguientes:
1. Además de los dos días de comienzo y de clausura del Año Santo Paulino, establecidos por la Santa Sede para toda la Iglesia, en otros cuatro días:
– 25 de julio 2008, solemnidad de Santiago, patrón de España,
– 9 de noviembre de 2008, solemnidad de Nuestra Señora de la Almudena,
– 25 de enero de 2009, fiesta de la conversión de San Pablo y
– 15 de mayo de 2009, solemnidad de San Isidro.
Se podrá lucrar la indulgencia plenaria en todos los templos parroquiales y de monasterios de vida contemplativa de nuestra Archidiócesis, participando en alguna “función sagrada” o “ejercicio piadoso realizados públicamente en honor del Apóstol de los gentiles”. Para ello los párrocos y capellanes de monasterios ofrecerán a los fieles, en esos días señalados y avisándolo con antelación, la celebración requerida. Como se sabe, para lucrar la indulgencia plenaria, además de la participación en esa “función sagrada” o “acto piadoso” públicos, en honor de San Pablo en esta ocasión, se requiere cumplir las cuatro condiciones habituales: “Confesión sacramental, Comunión eucarística y oraciones según las intenciones del Sumo Pontífice, excluido cualquier apego al pecado”.
2. En la Iglesia Catedral de Santa María la Real de la Almudena, se podrá lucrar la indulgencia plenaria todos los Domingos y, para ello, al concluir la Misa capitular de las 12 horas, se tendrá una oración en honor e invocación a San Pablo por las intenciones del Romano Pontífice, habiendo cumplido las condiciones de Confesión, Comunión y aversión al pecado.
3. En esas ocasiones señaladas, “los fieles cristianos podrán lucrar la indulgencia plenaria para sí mismos o aplicarla por los difuntos, cuantas veces se realicen las obras indicadas, respetando la norma según la cual solamente se puede obtener la indulgencia plenaria una vez al día”.
4. “Los fieles impedidos por la enfermedad o por otra causa legítima y relevante, siempre con el corazón despegado de cualquier pecado y con el propósito de cumplir las condiciones habituales apenas sea posible, podrán lucrar también la indulgencia plenaria con tal de que se unan espiritualmente a una celebración jubilar en honor de san Pablo, ofreciendo a Dios sus oraciones y sus sufrimientos por la unidad de los cristianos”.
5. Le Delegación diocesana de Liturgia ofrecerá un esquema de acto piadoso especial en honor de San Pablo para que pueda realizarse al finalizar la Santa Misa, o en otro momento oportuno de los días señalados. En la celebración de los diversos momentos del bimilenario paulino, se deberá cuidar con singular atención, como aconseja el mismo Santo Padre, otro aspecto particular: la dimensión ecuménica.
Exhorto a los sacerdotes que, en estas ocasiones, faciliten a los fieles la práctica de la Confesión sacramental. Pido, además, a los sacerdotes y diáconos para que durante este año, en su estudio y formación permanente, tengan presentes los escritos paulinos con el fin de que, en la predicación ordinaria, puedan iluminar y aplicar la Palabra de Dios en las cartas de San Pablo, a la propia vida y a la vida de los fieles a ellos encomendados. Exhorto igualmente a los consagrados y fieles cristianos para que durante este año lean y profundicen en los escritos paulinos, incluso con la ayuda de personas expertas en ellos.
En la Facultad de Teología de San Dámaso y en los Seminarios diocesanos, así como en otros centros de estudios de la Archidiócesis, los seminaristas y los alumnos que en ellos se forman podrán contar con sesiones de estudio y conferencias impartidas por profesores especializados en Sagrada Escritura y Teología para profundizar en la doctrina paulina. La Parroquia de San Pablo, la Capellanía de pastoral universitaria en la Universidad “San Pablo-CEU” y los Institutos de vida consagrada de espiritualidad paulina, tienen una ocasión extraordinaria para honrar en este “Año Santo Paulino” de modo singular a su santo patrón.
La conversión de San Pablo nos estimula a todos, obispos, presbíteros, diáconos, consagrados y fieles cristianos, en nuestra conversión continuada, a volver nuestros pasos hacia el Señor, en la comunión de la Iglesia y en medio de la sociedad, para que la memoria viva del apóstol San Pablo, unida siempre a la memoria de San Pedro, el príncipe de los apóstoles, nos impulse a la evangelización de las familias conforme al Plan pastoral diocesano.